Solo han pasado dos meses desde que fue sancionado reforma fiscal del gobierno de Gustavo Petro, quien busca cobrar alrededor de 20 billones de pesos en este 2023, ya la ley ya le han llegado 14 solicitudes ante la Corte Constitucional.
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En todo esto, uno es contra toda ley y los otros 13 son parciales, y determinamos que lleven artículos específicos, entre los que son algunos como los Bebidas azucaradas, la no deducibilidad de las donaciones en el ámbito del impuesto sobre la renta, las zonas francas e Instituciones de Educación Superior (IES) que tienen que asumir los intereses de determinados estudiantes con créditos del Icetex.
Cabe señalar que el gobierno de Iván Duque la Corte había presentado una liquidación fiscal, 1943 de 2018, conocida como ley de finanzas, para mantener la forma.
La mayoría de las demandas ya están siendo revisadas. Algunos de los otros magistrados que se encuentran en la zona son Natalia Ángel Cabo, Alejandro Linares Cantillo, Cristina Pardo Schlesinger y Jorge Enrique Ibáñez Najar.
Sin deducibilidad de regalos
Por el tema de la realeza se empató cuatro veces. Una es la que presentó el representante a la Cámara del Tolima del Centro Democrático Carlos Edward Osorioquien pide declarar inexequible este artículo y de cuyo lado admitió parcialmente.
“No permitir la deducción de donaciones para aumentar artificialmente la base imponible del impuesto sobre la renta de las empresas, de tal forma que tenderán a pagar parte del impuesto sobre un canon de entrada que nunca han percibido”, argumenta la petición.
Otra cosa es lo interpuesto por el imputado Juan Esteban Sanín, quien, además, insta a la Corte a intervenir en audiencia pública con Juan Camilo Nariño, presidente de la Asociación Colombiana de Minería (ACM), y Francisco Lloreda, presidente de la Asociación Colombiana. de Petróleos (ACP), entre otros, para ilustrar el impacto sectorial que tenderá a ser medio.
Este también interpuso otra demanda contra el impuesto de timbre, que se elevaría a 3 por ciento, lo que, según sus palabras, “no eficiente ni equitativo e implica un sacrificio social y económico injustificable”.
Bebidas azucaradas
Hay otras demandas contra el cobro a las bebidas azucaradas. Es la presentación por Juan Manuel Chary contra el artículo 54 (parcial). De acuerdo con la ley constitucional, la norma establece una tarifa fija o específica del impuesto al consumo de bebidas azucaradas ultraprocesadas de 0 a 65 pesos según el envase de azúcar por 100 ml, lo que atenta contra los principios de progreso tributario, equidad y eficiencia.
“El arancel es un medio legislativo irrazonable, inadecuado y desproporcionado, por lo tanto es una carga injusta y regresiva que no es efectiva ni efectiva hasta la constitucionalmente legítima que propone”, dice la solicitud.
Además, explica que el eco de todas las bebidas azucaradas sean gravadas con la misma tarifa, sin distinción del valor de mercado de los productos ni de la capacita adquisitiva de los contribuyentes, afecta de manera desmedida a pequeños y medianos productores y les pone en situación de crisis económica frente a las grandes empresas dominantes en la industria, lo que vulnera su derecho a la libre actividad económica ya la iniciativa privada y vulnera la libertad de competencia.
La ciudadana Miryam Elfriede Anaya también presentó un recurso de inconstitucionalidad relativo al 54 (de las bebidas azucaradas) por violar el artículo 161 de la Constitución y el inciso 2 del artículo 187 de la Ley 5.ª de 1992. Dice que si bien la comisión accidental de conciliación opta por aceptar la redacción propuesta por el Senado debido a que los textos eran diferentes, no contó con la participación del autor del proyecto, los ponentes ni quienes formularon las reparaciones.
Según la ciudadana, si ben la comisión de conciliación tuvo dos representantes del Pacto Histórico y del Partido Liberal, así como dos senadores de los mismos partidos, estos pertenecían a la Comisión III de sus respivas cámaras. “Sin embargo, no fueron ponentes ni autores del proyecto; también representan la diversidad de los partidos políticos que integran tanto la Cámara de Representantes como el Senado de la República”, si lee la pregunta.
Y agrega: “Ello resulta de especial importancia, si se tiene en cuenta que, durante el proceso legislativo, distinguidos congresistas de diferentes partidos políticos manifestaron su preocupación en torno a la imposición del impuesto a las bebidas azucaradas”.
Icetex
También presentó ante la Corte Constitucional dos demandas contra el artículo 95, que establece la creación de una contribución para beneficiar a estudiantes que financian sus estudios de educación superior a través de créditos educativos que son hijos del Icetex.
En concreto, el artículo dice que serán beneficiarios quienes no tengan derecho a la subvención fiscal que concede el Gobierno y cuyos créditos no estén incluidos en el plazo de amortización. El problema es que ese aporte lo van a dedicar a aplicar la mayoría de las universidades del país a partir de este semestre.
Según la pregunta de 10 ciudadanos, este artículo vulnera los principios de consecutividad e identidad flexible, que se fundamentan en los artículos 157 y 160 de la Constitución Política. Entre otros porque, aseguran, la norma fue aprobada sin explicación ni deliberación democrática.
Demanda de toda la ley
Y lo que va contra la ley es lo que interpuso Humberto de Jesús Longas Londoño. Este dice que la reforma viola el artículo 149 de la Constitución por las reuniones inconstitucionales que suelen involucrar a los miembros del Congreso con el propósito de crear sus propias funciones.