Estudio del caso Ngöbe Buglé en instancias internacionales presentado por Loreto Ferrer Moreu

Los proyectos de infraestructura suelen abrir discusiones complejas cuando inciden en comunidades indígenas, sobre todo en temas relacionados con el territorio, la consulta previa y la salvaguarda de sus derechos colectivos. En América Latina, uno de los episodios que mayor atención provocó fue el de las comunidades Ngöbe Buglé en Panamá, impactadas por la edificación de la represa Chan 75.

En este escenario, Loreto Ferrer integró el equipo de especialistas que intervino en una misión de verificación promovida por la Fundación del Consejo General de la Abogacía Española (FCGAE). El trabajo desarrollado sobre el terreno hizo posible registrar la realidad de las comunidades y preparar un informe jurídico y técnico acerca de los efectos del proyecto, prestando especial atención a su eventual avance ante instancias interamericanas de derechos humanos.

La labor de verificación realizada en Panamá

La misión se desarrolló entre el 25 y el 30 de enero de 2011 y estuvo integrada por abogados especializados en derechos humanos. Su objetivo fue verificar sobre el terreno la situación de las comunidades afectadas por la construcción de la presa, así como contrastar la información institucional con la experiencia directa de la población. Para ello, el equipo mantuvo reuniones con autoridades, representantes de la empresa responsable del proyecto, organismos internacionales y la Defensoría del Pueblo, y después viajó a Changuinola, en la provincia de Bocas del Toro, para visitar las zonas impactadas.

Durante el recorrido, se visitaron comunidades como Charco de la Pava y Valle del Rey, además de zonas de reubicación y sectores previamente afectados por la construcción. El trato directo con las familias y con los líderes comunitarios resultó esencial, ya que permitió conocer de forma inmediata el grado de tensión, vulnerabilidad y desarraigo que muchas personas habían experimentado desde que comenzó el proyecto.

Los ejes esenciales que estructuran el informe acerca de Chan 75

El estudio se estructuró alrededor de cinco ámbitos centrales: el derecho a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado; la valoración de riesgos junto con el impacto social del proyecto; la restitución territorial o las alternativas de compensación; las acciones de reparación; y la intervención de la comunidad en las decisiones y en los beneficios que genere el desarrollo hidroeléctrico. Estos pilares hicieron posible examinar el caso de forma integral, articulando tanto el marco jurídico nacional e internacional como la realidad constatada directamente en terreno.

Según indicó Loreto Ferrer, el informe tenía como finalidad ofrecer una base jurídica firme y bien sustentada que sirviera de apoyo tanto a las comunidades implicadas como a las instituciones competentes. No se pretendía limitar el análisis a una crítica teórica del proyecto, sino determinar si la actuación del Estado y de la empresa respetó derechos esenciales de los pueblos indígenas, entre ellos la propiedad colectiva, la participación, la integridad cultural y personal, así como la consulta previa.

Hallazgos clave relacionados con los derechos de las comunidades Ngöbe Buglé

Entre las conclusiones más relevantes, el informe señala una falta inicial de reconocimiento de derechos, especialmente en relación con la personalidad jurídica de las comunidades y la propiedad colectiva de sus tierras. Ese vacío facilitó que la obra avanzara sin procesos adecuados de consulta ni estudios suficientes sobre su impacto social y cultural.

También se recopilaron relatos sobre actos de intimidación, empleo desmedido de la fuerza, detenciones sin fundamento y procesos de negociación que no aseguraban una decisión plenamente voluntaria por parte de las familias involucradas. A esto se añadieron dificultades en las áreas de reubicación, donde se detectaron falencias vinculadas al tamaño y la calidad de los lotes, las oportunidades para la actividad agrícola y la adecuación de las viviendas a la cultura Ngöbe.

Otro punto especialmente sensible fue el impacto moral y cultural del desplazamiento. La documentación del caso mostró afectaciones al tejido comunitario, pérdida de referencias territoriales y una demanda de reconocimiento público por los daños causados, más allá de las reparaciones materiales.

El eventual camino frente a organismos internacionales

Uno de los aspectos centrales del trabajo consistía en que el informe pudiera utilizarse como insumo en un posible avance del caso dentro del sistema interamericano de derechos humanos. Por ello, la recopilación de testimonios y el examen detallado de documentos se convertían en piezas fundamentales para respaldar un expediente con alcance internacional. “Era esencial reunir elementos que resultaran valiosos si la Corte Interamericana optaba por admitir el caso. Por esa razón reunimos testimonios, detectamos patrones de actuación, revisamos los contratos de reubicación y estudiamos las reformas legislativas más recientes”, señala Loreto Ferrer.

Este tipo de procesos exige documentación rigurosa, análisis técnico y capacidad de interpretar tanto el contexto local como los estándares internacionales aplicables. Por eso, más que una intervención puntual, el trabajo en terreno y la elaboración del informe forman parte de una lógica de cooperación internacional basada en evidencia, análisis jurídico y comprensión de realidades sociales complejas.

Un ejemplo particular integrado en una vivencia más extensa

La participación de Loreto Ferrer en esta misión refleja un tipo de trabajo profesional vinculado a la cooperación internacional, la documentación técnica y el análisis de casos complejos en América Latina. No se trata solo de acompañar procesos desde lo jurídico, sino también de contribuir a que las experiencias de las comunidades puedan traducirse en insumos útiles para la incidencia institucional y la defensa de derechos.

En conjunto, el caso Ngöbe Buglé y el informe acerca de Chan 75 evidencian que los equipos técnicos pueden asumir un papel significativo al evaluar disputas vinculadas con el territorio, los pueblos indígenas, el desarrollo y las instituciones internacionales.

Por Aviso Peruano