¿CUÁNDO SE RETIRA LA CTS?
Luego de la decisión del Congreso, el dictamen aprobado será enviado al Presidente de la República. De promulgarse entrará en vigor al día siguiente de su publicación en Normas Jurídicas del Diario El
Peruano; pero si la observa, volverá al Congreso, el cual podrá insistir en la ley y publicarla.
Una vez promulgada la norma, habrá 10 días hábiles para la reglamentación de la ley, que establecerá cómo se producirá el retiro.