Hace menos de una semana, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, a través de la ministra del carter, Catalina Velasco, anunció la cambios que tenderán al programa de vida más relevante celebrada en los últimos años: Mi Casa Ya.
Según conocía Portfolio, ya está listo el proyecto de decreto, en el cui se stipula a que montos podrá acceder cada familia por su puntuación en el Sisbén y cambia en los requisites para su solicitud.
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El primer artículo, que promete modificar el artículo 2.1.1.4.1.2.1. del Decreto 1077 de 2015, que dicta los valores del subsidio de vida, planes que Fonvivienda sea quien asigne los alivios a las familias que cumplan seis criterios de selección y que está dentro de la categoría de Sisbén IV.
En cuanto a su urbanismo, es necesario que los interesados se reúnan en los grupos A1 y C7 del Sisbén IV, a quienes se les podrá dar hasta 30 Salarios Mínimos Legales Vigentes (Smmlv) al momento de la licitación, que equivale a $34,8 millones este año. En el caso de ruralidad, estas deberán clasificarse entre A1 y C14 en el Sisbén IV para el mismo monto.
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En otras categorías si asignarán 20 Salarios Mínimos Legales Vigentes (Smmlv), es decir, $ 23,2 millones en 2023. En el caso de suelo urbano, serán los grupos C8 y D11 de Sisbén IV y en suelo rural, los grupos C15 y D20 de Sisbén IV.
“Los subsidios familiares de vivienda cuya visualización haya sido solicitada por los stablecimientos de crédito, las entidades de economía solidaria supervisadas por la Superintendencia de la Economía Solidaria o las cajas de compensación familiar, a través del sistema establecido para el efecto, serán asignados de acuerdo con el valor señalado en la ley vigente al momento de la solicitud, ya que hay lugar para la realización de ajustes o incrementos posteriores”, dice el proyecto de decreto.
Esto quiere decir, que el valor de entrada será la suma de los salarios mínimos del año de la licitación.
Así mismo, las personas que salgan Los beneficiarios podrán acceder a la cobertura de la tasa de interés que será objeto del crédito por la adquisición o la operación de arrendamiento de vivienda se aplica a una vivienda que cumple las condiciones necesarias.
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Hay requisitos que instan al Gobierno a negarse a, primero, estar dentro de estos parámetros de los grupos Sisbén IV, no ser propietarios de una persona viva en el territorio nacional, No soy beneficiario de un subsidio familiar otorgado por una Caja de Compensación Familiar (salvo que lo haya recibido previamente en la modalidad de mejora o arrendamiento), nadie haya recibido beneficiario y aplicado un subsidio familiar de vivienda otorgado por el Gobierno (salvo que lo haya recibido previamente en la modalidad de mejora o arrendamiento) o haya recibido un beneficiario a quien sea title, de las coberturas e tasas de interés.
Además, el proyecto indica que es necesario Cuenta con crédito aprobado para la adquisición de la solución habitacionalutilizando una tarjeta de crédito.
Quienes cumplan con estos requisitos ingresarán a una lista donde evaluarán otros aspectos y si se prioriza a las personas víctimas del conflicto armado interno, las mujeres cabeza de familia de los estratos más pobres de la población, a las trabajadoras del sector informal ya las madres comunitarias para su entrega.
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Es decir, estos financiadores de alimentos solo se han sumado a familias interesadas en proyectos que no exceda el valor de la Vivienda de Interés Social (VIS), que hasta la cuota es de 150 Smmlv en vida urbana y 135 Smmlv en vida rural.
Este proyecto, a partir de esta edición, se está discutiendo en reuniones de trabajo en las que participan la Cámara Colombiana de Construcción (Camacol) y el Gobierno Nacional, las cuales buscarán consenso para evitar posibles efectos en las finanzas de los constructores y aclarar otros puntos sobre alimentos.
¿Qué pasará con la subvención de la competencia?
Una petición que preocupa al fabricante del sector es que pasará con la subvención a la competencia, con la que miles de familias han podido compaginar el alivio otorgado por las Cajas de Compensación, que debería ser de al menos 20 Smmlv, con el Mi Casa Ya con la que se obtiene entre 20 Smmlv y 30 Smmlv, obteniendo así hasta 50 Smmlv para su cuota inicial.
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Sí, este proyecto y decreto responde a los cambios en el modelo de Mi Casa Ya, no habla de lo que pasará con esta unión de ayudas económicas y si está permitida.
Sin embargo, uno de los requisitos que señala el proyecto es No soy beneficiario de un subsidio familiar otorgado por una Caja de Compensación Familiar (excepto si este fue recibido previamente en la modalidad de mejora o entrega).
Ahora los constructores piden respuestas al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y determinar cuál será el futuro de la fusión de estos subsidios.
PAULA ANDREA GALEANO BALAGUERA
Portafolio del periodista