La Comisión para la Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi resolvió la denuncia interpuesta por la Universidad Científica del Sur, contra el Colegio de Psicólogos del Perú (CPP), quien, para matricular a estudiantes de posgrado en las carreras de psicología, había establecido porcentajes de estudio en el -Modalidad presencial y virtual, distintas a las reguladas por la Sunedu.
MIRAR: Putin anuncia venganza y asegura que terroristas intentaron huir a Ucrania: “Recibirán castigo”
La entidad educativa solicitó que se declare como barrera burocrática ilegal el requisito impuesto por el CPP para que los egresados de psicología solo puedan matricularse si hubieran tenido una formación académica de un mínimo del 70% en la modalidad presencial y un máximo del 30 % en modalidad virtual.
En su resolución N°0099-2024/CEB-INDECOPI, la autoridad, además de declarar en default al CPP, declaró ilegal la barrera burocrática y ordenó la no aplicación de la medida discriminatoria, a favor de todos los ciudadanos afectados.
En ese sentido, se establece en la resolución que un colegio profesional, como el CPP, no puede discriminar a los egresados, determinando porcentajes virtuales o presenciales necesarios para la matrícula distintos a los regulados por la Sunedu.
Papel electrónico Perú21, entre aquí y pruébalo gratis.