La continuidad de dos miembros del Junta Nacional de Justicia (JNJ), Aldo Vásquez y Inés Tellomantiene una crisis que incluye al Congreso de la República, al Poder Judicial y, recientemente, también a la Corte Constitucional.
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La polémica se extiende desde hace varios meses e incluye inhabilitaciones, recursos judiciales y constitucionales, pero sobre todo medidas cautelares. El tema es un tanto complejo, pero importante y clave ya que tiene que ver nada menos que el órgano constitucional autónomo encargado de nombrar, ratificar y destituir a jueces y fiscales a nivel nacional.
A continuación, presentamos cinco preguntas claves para entender todo lo que está pasando.
1. ¿Qué motivó la crisis y cuál fue la decisión del Congreso?
En la primera semana de marzo, el pleno del Congreso –en una agitada sesión y después de varios meses de idas y venidas– finalmente aprobó la inhabilitación por 10 años de dos miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ): Inés Tello y Aldo. Vásquez.
Esto como parte de un proceso de denuncia constitucional que se prolongó durante meses y en el que fueron acusados de haber violado la Constitución por avalar la permanencia de Tello en la directiva luego de cumplir 75 años. No hubo suficientes votos para descalificar a los demás jueces. Luego de esto, ambos quedaron vacantes de sus cargos.
2. ¿Cómo entró en juego el Poder Judicial en esta situación?
Tras la decisión del Congreso, se judicializó el tema y se interpuso un pedido de protección. Y el 22 de marzo, el Poder Judicial –a través de la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima– ordenó “reemplazo inmediato” de ambos miembros de la JNJ, como parte de una medida cautelar y mientras se analizaba el tema de fondo de la demanda, fijándose para esta última una audiencia que recién se realizará en junio. Ambos procesos, la medida cautelar y la solicitud de protección, pasan por procesos separados.
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Al otorgar la medida cautelar, la sala judicial decidió suspender provisionalmente los efectos de las inhabilitaciones aprobadas por el Congreso, con lo que los dos integrantes de la JNJ pudieron regresar a sus cargos. El Congreso apeló esta medida cautelar y el tema fue elevado, a su vez, a la Corte Suprema, máximo órgano judicial del país, donde aún se espera un fallo de segunda instancia.
3. ¿Cuál es el papel del Tribunal Constitucional?
Pero, además de la vía judicial, se abrió un nuevo frente en el máximo intérprete de la Constitución. El 17 de abril, el Congreso –bajo la gestión de Alejandro Soto– optó por presentar un reclamo jurisdiccional ante el Tribunal Constitucional (TC) contra la disposición judicial que ordenó el reintegro de Inés Tello y Aldo Vásquez a la JNJ. En este espacio también se ingresó una medida cautelar.
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En esencia, se cuestionó que el Poder Judicial no pudiera ir en contra de decisiones adoptadas por el Poder Legislativo. Fueron 82 a favor, 15 en contra y 8 abstenciones con lo que el pleno dio luz verde para presentar dicha demanda y una medida cautelar, para que el TC establezca la “competencias únicas y exclusivas” del Parlamento.
4. ¿Y qué decidió la Corte Constitucional sobre el caso de Inés Tello y Aldo Vásquez?
En un auto publicado por el TC la noche del jueves 25 de abril, el máximo intérprete de la Constitución declaró fundada -en parte- la medida cautelar propuesta por el Congreso y dejó sin efecto la reinstalación inmediata de Inés Tello y Aldo Vásquez previamente dada por la sala judicial. Esto, sin embargo, “hasta que” sea el Tribunal Supremo el que se pronuncie definitivamente sobre el recurso planteado por el Parlamento.
En su decisión, que tiene consecuencias inmediatas, el TC advierte que suspender los efectos de la decisión del Poder Judicial “es fundamental para evitar daños irreversibles a nuestro sistema de separación de poderes si así se permitiera, al menos por un período de tiempo”. , los miembros materialmente inhabilitados de la JNJ nombrarán, ratificarán y sancionarán a jueces y fiscales de todos los niveles”.
Además, en otra disposición también se admitió a trámite la demanda jurisdiccional respectiva, la cual continúa su curso y ameritará –como en el caso del Poder Judicial– un análisis de fondo del caso. Tanto el Tribunal Constitucional como el Poder Judicial se han pronunciado mediante medidas cautelares sobre el tema, no de fondo.
5. ¿Qué pasará ahora con el pleno de la JNJ y sus casos en curso?
De acuerdo con la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), la junta está integrada por siete miembros. Hasta antes de la resolución del TC, quedó conformado formalmente de la siguiente manera: Antonio de la Haza Barrantes, presidente, y Aldo Vásquez, como vicepresidente; así como Inés Tello de Ñecco, Imelda Tumialán, María Zavala Valladares, Marco Falconi Picardo y Guillermo Thornberry.
Si bien la decisión del TC debe formalizarse, con la postura adoptada Vásquez y Tello no podrían ejercer sus funciones y ahora el pleno, en la práctica, sólo contará con cinco miembros habilitados.
Según el propio Aldo Vásquez, que ha calificado lo dispuesto por el máximo intérprete de la Constitución como “un exceso” y una intromisión en la autonomía del Poder Judicial, modificar la composición de la junta “tendría consecuencias en el ejercicio de las competencias”. ” funciones constitucionales” de la JNJ, como es el caso del control disciplinario, una de las tres funciones que tiene la JNJ.
Esto abre otra discusión jurídica, sobre el quórum, y los casos que podrían verse afectados, dependiendo del estado en que se encuentren. El tema es relevante porque parte de los procesos que tiene la JNJ se siguen contra funcionarios claves, como, por ejemplo, el caso que se sigue contra Patricia Benavides, la suspendida fiscal de la Nación acusada de encabezar una supuesta organización criminal.
En diciembre del año pasado, tras conocer la Operación Valquiria, la JNJ suspendió provisionalmente a la Fiscal Nacional por un período de seis meses, como parte de un proceso disciplinario iniciado y para evitar que fuera obstaculizada.
“Si la junta no tiene quórum suficiente para adoptar las decisiones correspondientes, obviamente cualquier medida cautelar que la propia Junta Nacional de Justicia haya ordenado caducará en el plazo correspondiente y sus efectos quedarán inmediatamente diluidos”.Vásquez dijo en entrevista con Canal N.
Tal como están las cosas, el caso aún podría extenderse y agravarse aún más en los próximos días.