El corpus normativo ya está disponible en el sitio web del Dicasterio para la Doctrina de la Fe. Durante la presentación, el cardenal argentino Víctor Manuel Fernández, jefe del dicasterio, indicó que “en determinadas circunstancias, no todo es blanco o negro”.
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En su discurso precisó que en ocasiones una posible reacción divina puede mezclarse con pensamientos y fantasías humanas. Por ello, el nuevo documento busca tener una interpretación más adecuada de este tipo de hechos.
¿En qué consiste?
En sus casi 20 páginas, el documento señala la necesidad de tener procedimientos claros. Uno de los cambios más llamativos, según la agencia EFE, es que tras un estudio de un obispo bastará un ‘Nihil obstat’ (no hay objeciones) y ya no será necesaria la declaración de «sobrenaturalidad».
Pero también se han propuesto otros cinco tipos de sentencias.
“La propuesta de estas seis decisiones finales permite al Dicasterio y a los obispos abordar adecuadamente los problemas de casos muy diferentes que conocen”, indica el documento.
Conclusiones | |
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nihil obstat | Aunque no se expresa ninguna certeza sobre la autenticidad sobrenatural del fenómeno, se reconocen muchos signos de una acción del Espíritu Santo. |
Prae oculis habeatur | Aunque se reconocen importantes signos positivos, también se observan algunos elementos de confusión. |
Curatur | Se detectan varios o significativos elementos problemáticos, pero al mismo tiempo ya hay una amplia difusión del fenómeno y presencia de frutos espirituales asociados. |
Submandato | Los problemas detectados no están relacionados con el fenómeno en sí, sino con una persona, una familia o un grupo de personas que hacen un uso indebido del mismo. |
Prohibición y obstrucción | Aunque existen demandas legítimas y algunos elementos positivos, los problemas y riesgos parecen graves. |
Declaración de no sobrenaturalidad | El Obispo diocesano está autorizado por el Dicasterio a declarar que el fenómeno no es reconocido como sobrenatural. |
La nueva clasificación no deja de lado la característica sobrenatural o ‘supernaturalitate’ de los acontecimientos milagrosos. El antropólogo José Manuel Sánchez, profesor de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), señala Comercio que estos términos “no son opuestos ni contradictorios, son complementarios en el propósito de explicar la nueva posición que tiene la Iglesia sobre los “milagros” de la aparición de la Virgen (y otras apariciones)”.
Por lo que se sabe, serán el Dicasterio para la Doctrina de la Fe y el Papa quienes tendrán la última palabra para intervenir y sólo el pontífice podrá declarar la “sobrenaturalidad” de un caso.
Un proceso que lleva tiempo
Este cambio estaba pendiente desde hacía varios años. Un informe de la agencia EFE indica que las normas para evaluar las supuestas apariciones y revelaciones habían sido aprobadas por Pablo VI en 1978. Es decir, habían pasado más de 40 años. Fue en 2011 cuando se hizo público.
El mismo documento del Dicasterio señala que las decisiones requirieron tiempos muy largos, incluso décadas, y sólo giraron en torno a declarar “sobrenaturalidad” o “no sobrenaturalidad”.
“Estos procedimientos incluyeron, y aún incluyen, largas y numerosas entrevistas con los testigos de las ‘apariciones’, para verificar datos, corroborar informaciones de otros testigos, etc.”, explica el especialista en antropología de la religión. También mencionó que se utilizan pruebas científicas, y que incluso en el Perú hay muchos santos de la fe popular que esperan “pacientemente” ser reconocidos.
Es en este contexto que desde 1950 sólo se han resuelto seis casos. Y mientras la Iglesia hacía lentamente su trabajo, han salido a la luz numerosos episodios de visiones o apariciones.
Un informe de la página de ACIPrensa indica que la Iglesia Católica no reconoció tres supuestas apariciones de la Virgen después de muchos años. Uno de ellos ocurrió en Medjugorje, una ciudad de Bosnia-Herzegovina, donde seis niños informaron haber experimentado fenómenos de apariciones de la Virgen María. Este habría comenzado el 24 de junio de 1981.
Otro caso ocurrió en Garabandal (España), entre 1961 y 1965, cuando cuatro niñas afirmaron haber presenciado las apariciones de San Miguel Arcángel y la Virgen María en su pueblo. También se destacó el caso de Nuestra Señora de Zeitun, en El Cairo (Egipto), que comenzó el 2 de abril de 1968 con supuestas apariciones de la Virgen María.
“La Virgen suele aparecer en contextos de crisis, violencia, conflictos, cambios sociales. Es una Virgen muy ‘selectiva’ en sus apariciones”, comenta Sánchez sobre los casos de apariciones, y la historia latinoamericana está atravesada por estos fenómenos.
Noticias psicosociales y falsas
También puede haber intereses ocultos detrás de esto. El documento vaticano afirma que «es necesario reconocer que en algunos casos se detectan problemas muy graves que perjudican a los fieles, y en tales casos la Iglesia debe actuar con todo su cuidado pastoral».
Las autoridades del Dicasterio indicaron a la agencia AFP que también buscan evitar delitos, manipulación de personas, daños a la unidad de la Iglesia, beneficios económicos indebidos, errores doctrinales graves, etc. Una situación que con la expansión de Internet y La aparición de las redes sociales parece haberse vuelto mucho más frecuente.
Y en Perú…
La virgen que llora sangre.
Un conocido caso de falso fenómeno sobrenatural se hizo popular en Perú. Ocurrió en 1991, en el Callao. Una mujer afirmó que en su casa la imagen de una virgen había llorado sangre. Despertó la atención de todos, e incluso el expresidente Alberto Fujimori llegó a la casa y oró por el Perú. Todo fue mentira y pasó a formar parte de los llamados ‘psicosociales’.
Para el Dr. Sánchez, Internet es un factor trascendental que ha transformado enormemente los sistemas de creencias a nivel global. “Todo tipo de creencias, no necesariamente religiosas, se difunden muy fácil y rápidamente a través de las redes y se aceptan como verdaderas… incluso si provienen de noticias falsas. Es muy fácil construir un ‘psicosocial’ en el marco de estos procesos”, advierte.
La nueva norma también se dirige a quienes afirman haber sido testigos y evalúa “la credibilidad y la buena reputación de las personas”. Tiene en cuenta el equilibrio psicológico, la honestidad y la rectitud en la vida moral, o que dichas personas no persigan la búsqueda de lucro, poder, fama, notoriedad social o interés personal.
Y de vez en cuando aparecen casos de vírgenes que lloran, imágenes que sangran o aparecen en las paredes, y que suelen causar alarma. ¿Será suficiente esta actualización de las normas de la Iglesia católica?